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Compensación Laboral Por COVID-19 En California

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A medida que el coronavirus se fue propagando en California, las empresas sugirieron que los empleados infectados podrían haber contraído el virus en cualquier lugar, lo que los haría inelegibles para la compensación laboral por COVID-19 bajo la cual los empleadores pagan por la atención médica, reemplazan parcialmente los salarios y brindan beneficios por muerte.

Pero en mayo, el gobernador de California, Gavin Newsom emitió una orden ejecutiva que creaba una “presunción discutible” de que los trabajadores de primera línea que contrajeron COVID-19 desde mediados de marzo hasta principios de julio se contagiaron en el trabajo a menos que las empresas ofrezcan pruebas de lo contrario.

Con el Proyecto de Ley del Senado 1159, que entró en vigor en septiembre, la Legislatura extendió la orden más allá de julio para los socorristas y trabajadores de la salud, y aplicó la presunción a todos los demás empleados en empresas con más de cinco trabajadores, pero solo si estaban en el trabajo durante un brote. Es decir, cuando cuatro empleados dan positivo en dos semanas para empleadores con 100 o menos trabajadores o un 4% dan positivo en empleadores más grandes.

Si usted dio positivo a Covid-19 durante este periodo, y considera que se pudo haber contagiado en su lugar de trabajo, debe ponerse en contacto con Conexión Legal para que podamos asesorarle de manera gratuita, y en su caso, lograr la mejor compensación posible siendo respaldado por un abogado en California.

Además, se archivó un proyecto de ley más amplio que cubría a los trabajadores sin importar el tamaño de la empresa para la que labore, o si ocurrió un brote.

A medida que se multiplicaron los brotes de coronavirus en los lugares de trabajo, también lo hicieron los informes de que las empresas estaban ocultando infecciones. La División de Salud y Seguridad Ocupacional de California, conocida como Cal / OSHA, adoptó un conjunto de normas de emergencia de COVID-19 en noviembre.

Por lo anterior, el Proyecto de Ley 685 de la Asamblea, que entró en vigor el 1 de enero endurece las reglas que requieren que los empleadores reporten los casos y las sanciones que rigen los brotes.

Según la nueva ley, una empresa tiene la obligación de notificar a los empleados dentro de un día hábil después de enterarse de cualquier posible exposición al COVID-19. También debe ofrecerles información sobre beneficios como la indemnización laboral y la licencia por enfermedad; sobre la protección contra represalias y las medidas de seguridad antivirus de la empresa.

La ley también otorga a Cal / OSHA autoridad para cerrar inmediatamente un lugar de trabajo donde se considere que los empleados corren el riesgo de “peligro inminente” del virus, sin pasar por un proceso administrativo de 30 días.

Dado que los empleados podrían contraer el virus en sus comunidades en lugar de a través de sus compañeros de trabajo, escribió el grupo, la publicación de información sobre el brote es “una disposición de ‘nombre y vergüenza’… similar a una letra escarlata para las empresas que se enfrentan al cliente, que ya han sido afectados por los cierres obligatorios de COVID-19 y están luchando por sobrevivir”.

Con esto, usted como empleado debería quedar protegido bajo el amparo de la ley, y de ser el caso, usted podría exigir una compensación laboral por todo lo que esto implica, siempre y cuando se haya contagiado en el espacio de trabajo.

Por esto, es importante que se comunique con Conexión Legal lo antes posible llamando al 1800 201 1220 o escribiéndonos por medio de WhatsApp para que pueda recibir nuestra asesoría gratuita y buscar la mejor compensación posible por estos hechos de la mano de un abogado en California, que desde el primer día de 2021 le protegen como empleado en el estado.

Siga los pasos del siguiente formulario para agendar su cita de asesoría gratuita.

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