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¿Cómo Puedo Acceder a Beneficios de Arriendo por Coronavirus?

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La pandemia por coronavirus ha afectado a miles de personas no solo en cuestiones de salud, sino también de manera económica generando un aumento significativo en las tasas de desempleo estadounidense, por lo que el gobierno ha destinado diversos programas y fondos que puedan asistir a la población más necesitada.

Durante la pandemia por coronavirus, usted podría ser candidato a recibir ayuda adicional para alimentos, vivienda y pago de facturas, así como el alivio hipotecario, la asistencia para cubrir su renta y la ayuda ofrece la ley CARES.

Recuerde que, ante la actual crisis sanitaria, las leyes fueron ajustadas conforme a empatizar con los ciudadanos más vulnerables, por lo que al decidir tomar acción y buscar beneficiarse con los programas de apoyo es importante contar con un especialista que pueda ayudarle a obtenerlos.

En Conexión Legal contamos con abogados hispanos dedicados a asistirlo en solicitudes de beneficios por coronavirus, así como sobre cualquier otro tipo de asesoría ante despido injustificado o la solicitud de beneficios por desempleo. Póngase en contacto con nosotros a través de WhatsApp ahora mismo y platícanos su caso.

Prohibición de Desalojo

Aunque ningún plan gubernamental aprueba el que usted deje de pagar su alquiler, el Gobierno federal de los Estados Unidos ha puesto en marcha un plazo durante el cual queda prohibido cualquier tipo de desalojo de inquilinos afectados económicamente por la pandemia de COVID-19. Esta prohibición ordenada por los Centros para el Control y la Prevención de Enfermedades ha estado vigente desde el 4 de septiembre de 2020 hasta el 31 de diciembre de 2020.

Si usted se enfrenta hoy en día con una orden de desalojo deberá firmar el formulario de CDC que da fe de su situación y condición para poder ampararse con su arrendador y poder estar cubierto.

Para ser elegible, los inquilinos deben haber perdido su empleo u horas en el trabajo, o haber tenido que cuidar a niños cuyas escuelas están cerradas o a familiares con COVID-19. Los inquilinos también deben notificar a sus propietarios por escrito a más tardar siete días después de la fecha de vencimiento de su renta si no pueden pagar.

 ¿Bajo qué Condiciones Puede Evitar que lo Desalojen?

Estas leyes surgidas en apoyo a los afectados por COVID-19 pueden asistirlo solo en caso de encontrarse bajo situaciones específicas, tales como:

  • Si ha intentado obtener asistencia del Gobierno para encontrar vivienda o para pagar el alquiler.
  • No espera ganar más de $99,000 en 2020 ($198,000 para parejas que presentan una declaración de impuestos conjunta).
  • No tuvo ingresos que informar al Servicio de Impuestos Internos (IRS, sigla en inglés) en 2019.
  • Recibió un cheque de estímulo por el coronavirus.
  • No puede pagar el monto total del alquiler debido a que perdió su trabajo, recibe ingresos significativamente reducidos
  • Si usted tiene que pagar facturas altísimas por gastos médicos.
  • Está pagando tanto como puede del total de su alquiler.
  • No tiene a donde ir o si tendría que mudarse a un lugar en el que ya viven muchas personas y es un espacio reducido.
  • Entiende que cuando termine la moratoria, su arrendador lo puede desalojar si no paga el monto total del alquiler adeudado.

¿Qué Tipos de Asistencia Hipotecaria Existen por Coronavirus?

Según la Ley CARES, los propietarios de viviendas con hipotecas respaldadas por el gobierno federal reciben dos tipos de ayuda financiera: Prórroga para Desalojo y Ejecución Hipotecaria.

La Prórroga para Desalojo y Ejecución Hipotecaria que entró en vigencia el 18 de marzo de 2020 fue extendida hasta el 31 de agosto de 2020. Durante ese tiempo, los propietarios podrán protegerse puesto que no podrán desalojarlos de sus casas y no se les cobrarán multas por pagos atrasados.

Respecto a casos con prestamistas, las circunstancias no son muy diferentes; pues hoy en día no podrán:

  • Iniciar procedimientos de ejecución hipotecaria.
  • Suspender los procedimientos de ejecución hipotecaria que ya estaban en curso.
  • Realizar alguna indulgencia hipotecaria
  • Las personas con préstamos hipotecarios respaldados por el Gobierno federal pueden obtener seis meses de asistencia hipotecaria.

Si tiene problemas para realizar sus pagos debido a la COVID-19, el administrador de su préstamo hipotecario debe:

  • Posponer o reducir sus pagos durante por lo menos seis meses.
  • Darle otros seis meses de alivio hipotecario si usted se lo solicita.
  • Ofrecerle diferentes opciones para pagar su deuda por pagos atrasados o reducidos.

Ante situaciones como estas, es indispensable que conozca sus derechos antes de cualquier tipo de apoyo o aplazamiento. Si presenta dificultades en este frente por despido injustificado, contáctenos y reciba asesoría online gratuita.

Siga los pasos del siguiente formulario para agendar su cita de asesoría gratuita.

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